Buenos Aires, 24 de septiembre de 2009
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1°.- Denomínase “Plaza del Ángel Gris” a la plaza delimitada por las avenidas Avellaneda y Donato Álvarez y las calles Bogotá y Cálcena.
Artículo 2º.- Deróguese la Ordenanza de Facto Nº 35.760/1980 (BM 16.278).
Artículo 3º.- Comuníquese, etc.
DIEGO SANTILLI
CARLOS PÉREZ
LEY N° 3.202
Sanción: 24/09/2009
Promulgación: Decreto N° 922 del 19/10/2009
Publicación: BOCBA N° 3286 del 26/10/2009