Buenos Aires, 23 de marzo de 2023.-
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1º.- Decláranse Bien Integrante del Patrimonio Cultural de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el marco del Artículo 4°, incisos a) "Sitio Histórico", b) "Monumento" y c) "Conjunto de construcciones" de la Ley 1227, a los panteones subterráneos del Cementerio de la Chacarita, sitos en el predio con datos catastrales Circunscripción 15, sección 49, Manzana 27, Parcela 000E, según polígono indicado en el plano que se adjunta como Anexo I.
Artículo 2°.- El poder Ejecutivo debe asentar en el Catálogo de Bienes Culturales de la Ciudad, según lo establecido en el Artículo 10 de la Ley 1227, los bienes declarados por el Artículo 1°.
Artículo 3°.- Comuníquese, etc.
EMMANUEL FERRARIO
PABLO SCHILLAGI
LEY N° 6621
Sanción: 23/03/2023
Promulgación: Decreto Nº 107/023 del 10/04/2023
Publicación: BOCBA N° 6598 del 12/04/2023
Nota: El Anexo I de la presente Ley fue publicado en la Separata del BOCBA N° 6598 del 12/04/2023.