Buenos Aires 13 de diciembre de 2010
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1°.- Institúyese, en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el mes de Agosto como "Mes de la Solidaridad", con el objeto de promover y fortalecer los ideales de solidaridad e igualdad, como valores fundamentales y necesarios para garantizar la paz mundial.
Artículo 2º.- Comuníquese, etc.
OSCAR MOSCARIELLO
CARLOS PÉREZ
LEY N° 3.649
Sanción: 13/12/2010
Promulgación: De Hecho del 12/01/2011
Publicación: BOCBA N° 3598 del 03/02/2011