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Inicio - Derechos - DLDC - Anexo1
 
DLDC
Anexo1

 

Buenos Aires, 13 de junio de 2013.-

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1º.- Instituyese el 7 de marzo de cada año como "Día de la Visibilidad Lésbica", en conmemoración a la muerte de Natalia "Pepa" Gaitán asesinada a causa de discriminación por orientación sexual.

Artículo 2°.- El Poder Ejecutivo realizará, en la semana del 7 de marzo de cada año, actividades y campañas de difusión para la visibilidad de lesbianas y mujeres bisexuales, así como también, para la prevención de los crímenes de odio por orientación sexual.

Artículo 3°.- Comuníquese. etc.

CRISTIAN RITONDO

CARLOS PÉREZ

LEY N° 4.577

Sanción: 13/06/2013

Promulgación: De Hecho del 15/07/2013

Publicación: BOCBA N° 4205 del 31/07/2013




 

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