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Inicio - Derechos - DLDC - Anexo1
 
DLDC
Anexo1

Buenos Aires, 28 de noviembre de 2013 
 

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de 
Ley 
 

Artículo 1º.- Declárese en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el año
2014 como "Año de las letras argentinas" en conmemoración del centésimo aniversario de los nacimientos de Julio Cortázar y Adolfo Bioy Casares.

Artículo 2°.- Los papeles oficiales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deben llevar la siguiente inscripción: "2014, Año de las letras argentinas".

Artículo 3°.- Comuníquese, etc.

Vidal - Pérez
 




 

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