Buenos Aires 13 de diciembre de 2010
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1°.- Prorrógase la Emergencia Ambiental y de Infraestructura del barrio Ramón Carrillo, declarada por Ley 1333 y prorrogada por las leyes 1719, 2194, 2821 y 3277, por el plazo de trescientos sesenta y cinco (365) días a partir de la publicación de la presente Ley.
Artículo 2º.- El 1º de marzo de 2011 el Poder Ejecutivo deberá remitir a la Legislatura el cronograma de las obras previstas para dicho año. A partir de ello, también remitirá un informe bimestral del avance de las obras realizadas.
Artículo 3º.- El Poder Ejecutivo preverá, con carácter prioritario, la afectación de las partidas presupuestarias correspondientes al Presupuesto de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el Ejercicio 2011, de acuerdo con el avance de las obras previstas en el Artículo 2º.
Artículo 4º.- Comuníquese, etc.
OSCAR MOSCARIELLO
CARLOS PÉREZ
LEY N° 3.723
Sanción: 13/12/2010
Promulgación: De Hecho del 19/01/2011
Publicación: BOCBA N° 3596 del 01/02/2011