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Inicio - Derechos - DLDC - Anexo3
 
DLDC
Anexo3

 

Buenos Aires, 31 de marzo de 2011.-

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1°.- Modifícase la Cláusula Transitoria Segunda de la Ley Nº 3.343, la que quedará redactada de la siguiente manera:

"La Mesa de Gestión y Planeamiento Multidisciplinaria y Participativa creada por el artículo 5º de la presente norma deberá constituirse en un plazo no mayor a los diez (10) días hábiles de la publicación de la presente y finalizar la elaboración de la propuesta de urbanización y radicación del barrio antes del día 31/05/2011".

Artículo 2º.- Comuníquese, etc.

OSCAR MOSCARIELLO

CARLOS PÉREZ

LEY N° 3.759

Sanción: 31/03/2011

Promulgación: De Hecho del 25/04/2011

Publicación: BOCBA N° 3664 del 16/05/2011




 

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