Viernes 22 de noviembre de 2024   
Contenidos
Derechos
Acceso a la Justicia
Boletín Oficial
Leyes CABA
Decretos CABA
Resoluciones CABA
Normas Fundamentales
Códigos
Compilaciones
Convenios
Presupuesto y Finanzas
Institucional y Político
Planeamiento Urbano
Jurisprudencia
Porteño de Ley
Noticias de la Ciudad
Contáctenos
 
Sitios Relacionados

 
   
 
   
 
 
   
 
 
   
 
 
   

Herramientas
Reducir Tipografía
Aumentar Tipografía
Imprimir
Enviar a:

Otros Temas
Asistencia
Mediación
Códigos



Inicio - Derechos - DLDC - Anexo3
 
DLDC
Anexo3

Buenos Aires, 06 de agosto de 2009

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1°.- Modifícase el Parágrafo 5.4.1.2 b) “Distrito R1bII” del Código de Planeamiento Urbano el que quedará redactado de la siguiente manera:

7) Casos Particulares:

7.4) En el Sector 6, Usos: Las parcelas frentistas a la Av. Federico Lacroze entre las calles 11 de Septiembre de 1888 y Villanueva, tendrán los usos del distrito R2a, con excepción de los consignados en el Agrupamiento D - Establecimientos Educativos“ del Cuadro de Usos Nº 5.2.1 a). En este sector no se admiten los usos consignados en el Agrupamiento D - Establecimientos Educativos“ del Cuadro de Usos Nº 5.2.1 a).

Artículo 2º.- Comuníquese, etc.

JUAN MANUEL OLMOS

CARLOS PÉREZ




 

www.ciudadyderechos.org.ar