Buenos Aires, 06 de agosto de 2009.-
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1°.- Sustitúyase el texto del Parágrafo 5.4.6.10 Distrito de Zonificación U9 “Barrios Ricchieri A, AB, B, C y E Barrio Cardenal Samoré” del Código de Planeamiento Urbano, por el que como Anexo I forma parte de la presente.
Artículo 2º.-Sustitúyase el Plano Nº 5.4.6.10º) Distrito de Zonificación U9 del citado Código por el que como Anexo II forma parte de la presente.
Artículo 3º.- Comuníquese, etc.
JUAN MANUEL OLMOS
CARLOS PÉREZ
Los Anexos I y II de la presente Ley fueron publicados en la Separata del BOCBA N° 3262 del 21/09/2009