Buenos Aires, 28 de noviembre de 2013
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1º.- Derógase el texto de "7.1) Sector 3 Parque Chas" del Punto 7) Casos Particulares, del Parágrafo 5.4.1.2a) Distrito R1bl del Código de Planeamiento Urbano.
Artículo 2°.- Encomiéndase a la Secretaría de Planeamiento la modificación del Código, en función de lo establecido en el Artículo 1° de la presente Ley.
Artículo 3°.- Comuníquese, etc.
MARÍA EUGENIA VIDAL
CARLOS PÉREZ
LEY N° 4793
Sanción: 28/11/2013
Promulgación: De Hecho del 09/01/2013
Publicación: BOCBA N° 4318 del 15/01/2014