Buenos Aires, 03 de noviembre de 2011
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1°.- Catalóganse con Nivel de Protección "Estructural" en los términos del Artículo 10.3.1, correspondiente al Capítulo 10.3 "Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano, al inmueble localizado en la calle Jorge Newbery 1651 (Circ. 17, Sec. 23 Manzana 109, Parcela 16), conocido como "La Cuadra" y con Nivel de Protección "Cautelar" en los términos del Artículo 10.3.1, correspondiente al Capítulo 10.3 "Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano al inmueble sito en la calle Migueletes 868 (Circ. 17, Sec. 23 Manzana 109, Parcela 26) denominado "La Imprenta".
Artículo 2º.- Incorpóranse los inmuebles catalogados por el Art. 1º al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3 "Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano.
Artículo 3º.- El Poder Ejecutivo deberá asentar en la Documentación Catastral correspondiente, las catalogaciones establecidas por el Artículo 1º.
Artículo 4º.- Comuníquese, etc.
OSCAR MOSCARIELLO
PABLO SCHILLAGI
LEY N° 3.989
Sanción: 03/11/2011
Promulgación: De Hecho del 01/12/2011
Publicación: BOCBA N° 3842 del 27/01/2012