Buenos Aires, 26 de abril de 2012
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1º.- Catalógase con Nivel de Protección "Estructural", en los términos del Artículo 10.3.3 del Capítulo 10.3 "Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano, el inmueble sito en Av. Dr. Ricardo Balbín 4131, Parcela 000, Manzana 182, Sección 55.
Artículo 2º.- Incorpórase el inmueble catalogado por el Art. 1° al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3. "Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 3º.- El Poder Ejecutivo deberá asentar la catalogación establecida por el Artículo 1° en la Documentación Catastral correspondiente.
Artículo 4º.- La Ficha de Catalogación N° 55-182-0000 forma parte de la presente Ley como Anexo l.
Artículo 5º.- Comuníquese, etc.
CRISTIAN RITONDO
CARLOS PÉREZ
LEY N° 4.146
Sanción: 26/04/2012
Promulgación: De Hecho del 23/05/2012
Publicación: BOCBA N° 3922 del 31/05/2012
El Anexo I de la presente Ley fue publicado en la Separata del BOCBA N° 3922 del 31/05/2012.