Buenos Aires, 26 de abril de 2012
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1º.- Catalógase con Nivel de Protección Cautelar en los términos del Artículo 10.3.3 del Capítulo 10.3 "Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano, el inmueble de la calle Juramento 1903, sección 25, manzana 033, parcela 014.
Artículo 2°.- lncorpórase el inmueble citado en el artículo 1° al Listado de Inmuebles Catalogados correspondiente al Artículo 10.3 "Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano.
Artículo 3°.- Asiéntese en la documentación catastral correspondiente la catalogación establecida en el artículo 1°.
Artículo 4°.- La Ficha de Catalogación Nº 25-33-14 forma parte de la presente Ley como Anexo I.
Artículo 5°.- Comuníquese, etc.
CRISTIAN RITONDO
CARLOS PÉREZ
LEY N° 4.147
Sanción: 26/04/2012
Promulgación: Decreto Nº 246/012 del 22/05/2012
Publicación: BOCBA N° 3920 del 29/05/2012
El Anexo I de la presente Ley fue publicado en la Separata del BOCBA N° 3920 del 29/05/2012