Buenos Aires, 28 de junio de 2012
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de ley
Artículo 1°.- Catalógase con Nivel de Protección "Cautelar" en los términos del Artículo 10.3.3 del Capítulo 10.3 "Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano, el inmueble sito en Martín Rodríguez 978/998, Sección 6, Manzana 27, Parcela 018.
Artículo 2°.- Incorpórase el inmueble catalogado por el Art. 1° al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3. "Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano.
Artículo 3°.- El Poder Ejecutivo deberá asentar la catalogación establecida por el Artículo 1° en la Documentación Catastral correspondiente.
Artículo 4°.- La Ficha de Catalogación Nº 6-27-18 forma parte de la presente Ley como Anexo l.
Artículo 5°.- Comuníquese, etc.
CRISTIAN RITONDO
CARLOS PÉREZ
LEY N° 4.215
Sanción: 28/06/2012
Promulgación: Decreto Nº 370/012 del 26/07/2012
Publicación: BOCBA N° 3967 del 06/08/2012
El Anexo de la presente Ley fue publicada en la Separata del BOCBA Nº 3967 del 06/08/2012.