Buenos Aires, 09 de noviembre de 2000
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1º.- Catalógase con Nivel de Protección Estructural en los términos del Artículo 10.3.3 correspondiente al Capítulo 10.3 "Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano, al inmueble ubicado en la Avenida Santa Fe Nº 1854/56/60/66/68, asentado en la Circunscripción 19, Sección 11, Manzana 76, Parcela 7.
Artículo 2º.- Incorpórase el inmueble catalogado por el artículo 1º al catálogo previsto en el Capítulo 10.3 "Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano. La incorporación al Catálogo, no dará lugar a la transferencia de la capacidad constructiva de la parcela, contemplada en el artículo 10.1.6 del Código de Planeamiento Urbano.
Artículo 3º.- La Ficha de Catalogación Nº 11-76-7 con fecha de revisión del 09/99, constituye el anexoque a todos sus efectos forma parte de la presente Ley.
Artículo 4º.- Comuníquese, etc.
CECILIA FELGUERAS
JUAN MANUEL ALEMANY
LEY N° 524
Sanción:09/11/2000
Promulgación: De hecho del 01/10/2001
Publicación: BOCBA N° 1292 del 09/10/2001
Anexo I publicado en BOCBA Nº 1292 del 09/10/2001