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Inicio - Derechos - DLDC - Anexo4
 
DLDC
Anexo4

Buenos Aires, 16 de abril de 2009.


LA LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY


Artículo 1°.- Catalóguense con Nivel de Protección "Cautelar", en los términos del Artículo 10.3.3 correspondiente al Capítulo 10.3 "Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano, los inmuebles sitos en la calle Ugarteche N° 2815/19 y Ugarteche N° 2820 de esta Ciudad.


Art. 2°.- Incorpórense los inmuebles catalogados por el Art. 1° al Catálogo previsto en

el Capítulo 10.3. "Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano.


Art. 3°.- El Poder Ejecutivo deberá asentar la catalogación establecida por el Artículo 1° en la Documentación Catastral correspondiente.

en la Documentación Catastral correspondiente.


Art. 4°.- Las fichas de catalogación N° 21-34-18 y 21-35-14 forman parte de la presente Ley como Anexo I.

Ley como Anexo I.


Art. 5°.- Comuníquese, etc. Santilli - Pérez

Nota: El Anexo I de la presente Ley fue publicado en la Separata del BOCBA N° 3184 del 29/05/2009


LEY N° 3.041

Sanción: 16/04/2009

Promulgación: De Hecho del 15/05/2009

Publicación: BOCBA N° 3184 del 29/05/2009




 

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