Buenos Aires, 3 de diciembre de 2009.
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de
Ley
Artículo 1°.- Catalógase con Nivel de Protección "Estructural" en los términos del Artículo 10.3.3 del Capítulo 10.3 "Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano el edificio sito en la calle Perú 1360, Sección 4, Manzana 19, Parcela 19.
Art. 2°.- Incorpórese el inmueble catalogado por el Art. 1° al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3. "Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano.
Art. 3°.- El Poder Ejecutivo, deberá asentar la catalogación establecida por el Artículo 1° en la Documentación Catastral correspondiente.
Art. 4°.- La Ficha de Catalogación N° 4-19-19 a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Ley como Anexo I.
Art. 5°.- Comuníquese, etc. Santilli – Pérez
LEY N° 3.344
Sanción: 03/12/2009
Promulgación: Decreto N° 070/010 del 15/01/2010
Publicación: BOCBA N° 3345 del 21/01/2010