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Inicio - Derechos - DLDC - Anexo4
 
DLDC
Anexo4

 

Buenos Aires, 12 de mayo de 2011

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1°.- Catalóganse los inmuebles consignados a continuación, con nivel de protección "Cautelar", en los términos del Artículo 10.3.3 del Capítulo 10.3"Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano, pertenecientes a la Comuna 12:

Secc. Manz. Parc. Calle
51 120 021 Tronador 2406
51 120 023 Tronador 2428
51 120 024 Tronador 2436
51 120 025 Tronador 2460
51 120 026 Tronador 2466
51 120 027 Tronador 2484
51 120 001 Monroe 4006

Artículo 2°.- Incorpóranse los inmuebles catalogados por el Art. 1º al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3. "Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano.

Artículo 3°.- El Poder Ejecutivo asentará las catalogaciones establecidas por el Artículo 1º en la Documentación Catastral correspondiente.

Artículo 4°.- Las Fichas de Catalogación Nº 51-120-001, 51-120-027, 51-120-026, 51-120-025, 51-120-024, 51-120-023, 51-120-021, 51-127-006 y 51-120-007 forman parte de la presente Ley como Anexo I.

Artículo 5°.- Comuníquese, etc.

OSCAR MOSCARIELLO

CARLOS PÉREZ

LEY N° 3.789

Sanción: 12/05/2011

Promulgación: De Hecho del 09/06/2011

Publicación: BOCBA N° 3688 del 21/06/2011

El Anexo I de la presente Ley fue publicado en la Separata del BOCBA N° 3688 del 21/06/2011.




 

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