Buenos Aires, 29 de agosto de 2002.-
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1º.- Incorpórese al Parágrafo 5.5.2.5 "Plancheta de Zonificación 5", capítulo 5.5.2 "Zonificación", del título 5.5 "Normas especiales", de la Sección 5 del Código de Planeamiento Urbano el contenido de la Ley 369, publicado en el B.O. Nº 988, que como Anexo I forma parte de la presente.
Artículo 2°.- Modificase la plancheta Nº 5 del Atlas de Zonificación del Código de Planeamiento Urbano, según lo establecido en el artículo precedente.
Artículo 3°.- Comuníquese, etc.
CECILIA FELGUERAS
JUAN MANUEL ALEMANY
ANEXO I
Artículo 1º.- Desaféctase del distrito de zonificación C3I, a la manzana delimitada por las Avenidas Triunvirato y Roosevelt, la calle Díaz Colodrero y vías del ex Ferrocarril Bartolomé Mitre (ramal José L. Suárez), y a las parcelas frentistas a la calle Díaz Colodrero, entre vías del ex Ferrocarril Bartolomé Mitre (José L. Suárez) y la Avenida Roosevelt.
Artículo 2º.- Aféctase a la manzana y las parcelas descriptas en el Artículo 1º de la presente, al Distrito de Zonificación Urbanización Parque UP, del Código de Planeamiento Urbano.
Artículo 3º.- Desaféctase del distrito de zonificación R2aII, a la manzana delimitada por la Avenida Roosevelt, la calle Pacheco, las vías del ex Ferrocarril Bartolomé Mitre (ramal José L. Suárez), y el deslinde con el distrito de zonificación C3I.
Artículo 4º.- Aféctase a la manzana y las parcelas descriptas en el Artículo 3º de la presente, al Distrito de Zonificación Urbanización Parque UP, del Código de Planeamiento Urbano.
LEY N° 872
Sanción: 29/08/2002
Promulgada: Decreto Nº 1.226 del 23/09/2002
Publicación: BOCBA N° 1536 del 30/09/2002