Buenos Aires, 20 de noviembre de 2003
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1º.- Aféctase a dominio público la fracción de terreno determinada por el plano que forma parte del Anexo I en un ancho de 20 mts.en el tramo comprendido entre las Avenidas Castañares y Riestra, cuya nomenclatura catastral es: Fracción B, Manzana 7d, Sección 50, Circunscripción 1.
Artículo 2º.- Dispónese la apertura de la calle Portela entre las avenidas Castañares y Riestra en un ancho de 20 mts.
Artículo 3º.- Comuníquese, etc.
CECILIA FELGUERAS
JUAN MANUEL ALEMANY
LEY N° 1.188
Sanción: 20/11/2003
Promulgación: De Hecho del 06/01/2004
Publicación: BOCBA N° 1861 del 20/01/2004