Buenos Aires, 06 de diciembre de 2007
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1°.- Desaféctase del Distrito de Zonificación R1bI del Código de Planeamiento Urbano, las parcelas incluidas dentro del perímetro formado por el eje de la calle Navarro desde deslinde con el Distrito de Zonificación C3II de avenida San Martín hasta su intersección con el eje de la calle Cuenca y por el eje de ésta hasta deslinde con el Distrito de Zonificación C3II de Av. Francisco Beiró (Plancheta N° 10).
Artículo 2°.- Aféctanse las parcelas citadas en el art. 1° de la presente ley al Distrito de Zonificación C3II del Código de Planeamiento Urbano.
Artículo 3°.- Encomiéndase al Poder Ejecutivo la modificación de la Plancheta de Zonificación N° 10 del Código de Planeamiento Urbano de acuerdo a los términos de la presente ley.
Artículo 4°.- Comuníquese, etc.
SANTIAGO DE ESTRADA
ALICIA BELLO
SANTIAGO DE ESTRADA
ALICIA BELLO
LEY N° 2.590
Sanción: 06/12/2007
Promulgación: Decreto Nº 12/008 del 10/01/2008
Publicación: BOCBA N° 2851 del 16/01/2008