Buenos Aires, 11 de abril de 2013.-
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1°.- Desaféctese del distrito de zonificación R2all del Código de Planeamiento Urbano el polígono delimitado por el eje de las calles Ercilla, Escalada, Acassuso y Basualdo.
Artículo 2°.- Aféctese el polígono mencionado en el artículo 1° de la presente ley al distrito de zonificación R2bl del Código de Planeamiento Urbano.
Artículo 3°.- Encomiéndase al Poder Ejecutivo la adecuación de la Plancheta Nº 21 del Código de Planeamiento Urbano, en función de lo establecido en el artículo 2°.
Artículo 4º.- Comuníquese, etc.
CRISTIAN RITONDO
CARLOS PÉREZ
LEY N° 4.506
Sanción: 11/04/2013
Promulgación: De Hecho del 09/05/2013
Publicación: BOCBA N° 4167 del 04/06/2013