LEY 25.436
TRANSFERENCIA DE PARCELA DE TERRENO A LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, CONOCIDA COMO "COSTA SALGUERO"
BUENOS AIRES, 20 de Junio de 2001
BOLETIN OFICIAL, 18 de Julio de 2001
BIENES DEL ESTADO-BIENES INMUEBLES-TRANSFERENCIA DE BIENES
DEL ESTADO-CIUDAD DE BUENOS AIRES
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1 - Transfiérese a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el
dominio sobre la parcela de terreno, conocida como "Costa Salguero"
delimitada por el Río de la Plata, el canal de desagüe Arroyo
Ugarteche, la Avenida Costanera Rafael Obligado y la Avenida
Presidente Ramón J. Castillo.
ARTICULO 2 - La transferencia de dominio establecida en el
artículo 1 incluye todos los terrenos anexos a la parcela
principal ganados al Río de la Plata en virtud de trabajos
realizados, o por accesión o aluvión.
ARTICULO 3 - Mantienen plena vigencia y eficacia las cláusulas,
plazos y demás condiciones de la concesión de uso establecidas por
las Resoluciones AGPSE Nº 230/91 y AGPSE Nº 025/92 dictadas por la
Administración General de Puertos Sociedad del Estado. A tales
efectos, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, asume los derechos y
obligaciones que, según las resoluciones precedentemente indicadas,
ostenta la Administración General de Puertos Sociedad del Estado
(en liquidación).
ARTICULO 4 - Derógase el artículo 2 de la Ley 18.339.
ARTICULO 5 - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
FIRMANTES
PASCUAL-LOSADA-Marafioti-Oyarzún