LEY N° 2.687
Publicada en el BOCBA N° 2945 del 05/06/2008.
Se instituye el 17 de mayo como "Día de Lucha Contra la Discriminación por Orientación Sexual o Identidad de Género"
Buenos Aires, 17 de abril de 2008.
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de
Ley
Artículo 1°.- Institúyese el día 17 de mayo como "Día de Lucha Contra la Discriminación por Orientación Sexual o Identidad de Género", en coincidencia con la fecha en que la Organización Mundial de la Salud suprimió la homosexualidad de la lista de enfermedades mentales, en el año 1990.
Art. 2°.- El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires realiza, en la semana del 17 de mayo, actividades y campañas de difusión contra la discriminación por orientación sexual o identidad de género.
Art. 3°.- Incorpórase el día 17 de mayo, con la denominación citada en el artículo 1°, al calendario escolar.
Art. 4°.- Comuníquese, etc. Santilli - Pérez
Buenos Aires, 27 de mayo de 2008.
En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en ejercicio de las facultades conferidas por el art. 8° del Decreto N° 2.343-GCBA-98, certifico que la Ley N° 2.687 (Expediente N° 23.565/2008), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del día 17 de abril de 2008 ha quedado automáticamente promulgada el día 20 de mayo de 2008.
Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Secretaría Parlamentaria del citado Cuerpo por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos y Organismos de Control, y para su conocimiento y fines pertinentes, pase a la Subsecretaría de Derechos Humanos, dependiente de la Vicejefatura de Gobierno, y al Ministerio de Educación. Clusellas