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Inicio - Derechos - DLDC - Articulo21
 
DLDC
Articulo21

Buenos Aires, 13 de junio de 2013

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1º.- Institúyese la segunda semana del mes de agosto de cada año como "Semana de la Prevención contra el Síndrome Urémico Hemolítico (S.U.H)".

Artículo 2°.- El Poder Ejecutivo, durante esa semana, difundirá información y programara actividades respecto de la prevención y tratamiento de esta enfermedad.

Artículo 3°.- Comuníquese, etc.

CRISTIAN RITONDO

CARLOS PÉREZ

LEY N° 4.576

Sanción: 13/06/2013

Promulgación: Decreto Nº 278/013 del 10/07/2013

Publicación: BOCBA N° 4195 del 17/07/2013




 

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