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Inicio - Derechos - DLDC - Articulo23
 
DLDC
Articulo23

Buenos Aires, 21 de marzo de 2013

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1º.- Instituyese el día 10 de Abril de cada año como el "Día de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación"

Artículo 2°.- Durante la jornada establecida en el Art. 1° de la presente, el Poder Ejecutivo, a través de la autoridad de aplicación, dispondrá la realización de actividades públicas y gratuitas vinculadas a la promoción y divulgación de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires"

Artículo 3°.- Comuníquese, etc.

CRISTIAN RITONDO

CARLOS PÉREZ

LEY N° 4.502

Sanción: 21/03/2013

Promulgación: Decreto Nº 136 del 18/04/2013

Publicación: BOCBA N° 4139 del 25/04/2013




 

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