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Inicio - Derechos - DLDC - Articulo24
 
DLDC
Articulo24

Buenos Aires, 13 de octubre de 2011

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1°.- Apruébase el Convenio de Cooperación celebrado entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representado en dicho acto por el Señor Jefe de de Gobierno, Ing. Mauricio Macri, y la República Federativa del Brasil, representada en dicho acto por el Señor Embajador Enio Cordeiro, suscripto con fecha 06 de abril de 2011, y registrado como Convenio Nº 03/11, cuya copia certificada se adjunta como Anexo I y como tal forma parte integrante de la presente Ley.

Artículo 2º.- Comuníquese, etc.

OSCAR MOSCARIELLO

PABLO SCHILLAGI

LEY N° 3.950

Sanción: 13/10/2011

Promulgación: De Hecho del 04/11/2011

Publicación: BOCBA N° 3798 del 24/11/2011

El Anexo I de la presente Ley fue publicado en la Separata del BOCBA N° 3798 del 24/11/2011






 

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