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Inicio - Derechos - DLDC - Articulo27
 
DLDC
Articulo27

Buenos Aires, 07 de diciembre de 2006.-

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1°.- La Ciudad Autónoma de Buenos Aires adhiere a la Ley Nacional N° 26.168, Ley de la Cuenca Matanza Riachuelo, sancionada el 15 de noviembre de 2006 y promulgada por el Poder Ejecutivo Nacional el 4 de diciembre de 2006, Decreto N° 1.792/06 (Boletín Oficial N° 31.047).

(Conforme texto Art. 11 de la Ley Nº 3.947, BOCBA N° 3796 del 22/11/2011)

Artículo 2°.- Comuníquese, etc.

SANTIAGO DE ESTRADA

ALICIA BELLO

LEY N° 2.217

Sanción: 07/12/2006

Promulgación: Decreto Nº 131 del 18/01/2007

Publicación: BOCBA N° 2613 del 26/01/2007




 

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