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Inicio - Derechos - DLDC - Articulo29
 
DLDC
Articulo29

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 16 de mayo de 2019

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

 

Artículo 1º.- Institúyese el día 1° de octubre de cada año como “Día del Futsal”.

Artículo 2°.- La Subsecretaría de Deportes, a través de los Distritos Comunales, realizará acciones de promoción y difusión del Futsal.

Artículo 3°.- Comuníquese, etc.

FRANCISCO QUINTANA

CARLOS PÉREZ

LEY N° 6160

Sanción: 16/05/2019

Promulgación: Decreto Nº 186 del 31/05/2019

Publicación: BOCBA N° 5632 del 05/06/2019




 

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