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Inicio - Derechos - DLDC - Articulo32
 
DLDC
Articulo32

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 13 de diciembre de 2018

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

 

Artículo 1º.- Créase la "Guía de Actividades en los Museos" con el fin de divulgar todas las actividades que se desarrollarán en los Museos dependientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 2°.- Los Museos dependientes del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires dispondrán de dicha Guía impresa, de distribución gratuita, en forma semestral y a través de los diferentes soportes tecnológicos para dispositivos móviles.

Artículo 3°.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley deben ser imputados a la Partida Presupuestaria que correspondiera o se creara para tal fin.

Artículo 4°.- Comuníquese, etc.

FRANCISCO QUINTANA

CARLOS PÉREZ

LEY N° 6109

Sanción: 13/12/2018

Promulgación: Decreto Nº 007 del 03/01/2019

Publicación: BOCBA N° 5531 del 07/01/2019




 

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