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Inicio - Derechos - DLDC - Articulo32
 
DLDC
Articulo32

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 07 de noviembre de 2019

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

 

Artículo 1°.- Declárase bien integrante del Patrimonio Cultural en los términos del Artículo 4, inc. a) de la Ley 1227, al Centro Cultural y Biblioteca Popular Carlos Sánchez Viamonte sito en Austria 2154/56.

Artículo 2°.- Declárase bien integrante del Patrimonio Cultural en los términos del Artículo 4°, inc. h) de la Ley 1227, al acervo bibliotecológico del Centro Cultural y Biblioteca Popular Carlos Sánchez Viamonte citado en el Art. 1° de la presente.

Artículo 3°.- Comuníquese, etc.

AGUSTÍN FORCHIERI

CARLOS PÉREZ

LEY N° 6220

Sanción: 07/11/2019

Promulgación: Decreto Nº 403 del 21/11/2019

Publicación: BOCBA N° 5749 del 26/11/2019




 

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