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Inicio - Derechos - DLDC - Articulo32
 
DLDC
Articulo32

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1°.- Dispónese el traslado del Monumento a Juana de Arco ubicado en la vereda noroeste de la actual Avenida Costanera Rafael Obligado, en el eje de acceso del Muelle de Pescadores, al nuevo emplazamiento en la futura traza de la Avenida Costanera Rafael Obligado, vereda noroeste, junto a la acera y a doscientos treinta (230) metros hacia el sur del actual acceso al Muelle de Pescadores, de acuerdo con el Plano de Ubicación que como Anexo forma parte integrante de la presente Ley.

Artículo 2°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente será imputado a las partidas presupuestarias correspondientes.

Artículo 3°.- Comuníquese, etc.

CRISTIAN RITONDO

CARLOS PÉREZ

LEY N° 4.598

Sanción: 27/06/2013

Promulgación: De Hecho del 23/07/2013

Publicación: BOCBA N° 4205 del 31/07/2013

El Anexo de la presente Ley fue publicado en la Separata del BOCBA N° 4205 del 31/07/2013.




 

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