Sábado 23 de noviembre de 2024   
Contenidos
Derechos
Acceso a la Justicia
Boletín Oficial
Leyes CABA
Decretos CABA
Resoluciones CABA
Normas Fundamentales
Códigos
Compilaciones
Convenios
Presupuesto y Finanzas
Institucional y Político
Planeamiento Urbano
Jurisprudencia
Porteño de Ley
Noticias de la Ciudad
Contáctenos
 
Sitios Relacionados

 
   
 
   
 
 
   
 
 
   
 
 
   

Herramientas
Reducir Tipografía
Aumentar Tipografía
Imprimir
Enviar a:

Otros Temas
Asistencia
Mediación
Códigos



Inicio - Derechos - DLDC - Articulo32
 
DLDC
Articulo32

 

Buenos Aires, 12 de junio de 2014.-

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1º.- Declárase Sitio Histórico en los términos del artículo 4° inc. a) de la Ley 1227 el inmueble sito en la calle Membrillar 531, casa en la que vivió durante suinfancia y adolescencia el Sumo Pontífice de la Iglesia Católica Apostólica Romana, Francisco, Primer Papa Argentino y Latinoamericano.

Artículo 2º.- Comuníquese, etc.

CRISTIAN RITONDO

CARLOS PÉREZ

LEY N° 4.999

Sanción: 12/06/2014

Promulgación: Decreto Nº 265/014 del 04/07/2014

Publicación: BOCBA N° 4434 del 10/07/2014




 

www.ciudadyderechos.org.ar