Buenos Aires, 13 de mayo de 2004
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo
1º.-
Adhiérase a los alcances establecidos en la Ley Nacional Nº 25.367,
del Sistema de Emergencias Coordinadas, de acuerdo a los términos previstos
en el artículo 7º de la precitada Ley nacional.
Artículo
2º.- El
Poder Ejecutivo de la Ciudad de Buenos Aires, dispondrá de las medidas
pertinentes para el cumplimiento de la adhesión dispuesta en el artículo
1º de la presente Ley, conforme a lo señalado en el artículo
7º de la aludida norma nacional.
Artículo 3°.- Incorpórese
al Sistema de Emergencias Coordinadas la modalidad de recepción de denuncias a
través de mensajes de texto (SMS) desde teléfonos celulares. Dicho sistema será sin
cargo.
(Incorporado por el Art. 1º de la Ley Nº 5.438, BOCBA N° 4793 del 05/01/2016)
Artículo
4º.-Comuníquese,etc.
JORGE TELERMAN
JUAN MANUEL ALEMANY
LEY N° 1.332
Sanción: 13/05/2004
Promulgación: Decreto Nº 1.072 del 15/06/2004
Publicación: BOCBA N° 1965 del 18/06/2004