LEY N° 3.726
Sanción: 13/12/2010
Promulgación: De Hecho del 19/01/2011
Publicación: BOCBA N° 3610 del 21/02/2011
Buenos Aires, 13 de diciembre de 2010.-
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1°.- Derógase la Ordenanza Nº 17.348 (B.M. Nº 11.531).
Artículo 2º.- Comuníquese, etc.
OSCAR MOSCARIELLO
CARLOS PÉREZ