Buenos Aires, 10 de diciembre de 2012.-
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1º.- Institúyese el 10 de Enero como el "Día de las Mujeres Migrantes" en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2º.- La Dirección General de la Mujer dependiente del Ministerio de Desarrollo Social de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, desarrollará distintas actividades en el marco de la celebración de dicho día.
Artículo 3º.- Incorpórase el día 10 de Enero, con la denominación citada en el artículo 1°, al calendario escolar.
Artículo 4º.- Comuníquese, etc.
CRISTIAN RITONDO
CARLOS PÉREZ
LEY N° 4.409
Sanción: 10/12/2012
Promulgación: De Hecho del 08/01/2013
Publicación: BOCBA N° 4081 del 24/01/2013