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Inicio - Derechos - DLDC - Articulo39
 
DLDC
Articulo39

Buenos Aires, 12 de mayo de 2011

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1°.- Apruébase la Addenda al “Convenio Marco de Participación en el Proyecto de Inversiones en Salud materno Infantil de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Adhesión al PLAN NACER“, -sancionado oportunamente por Ley 3095- y celebrada entre el Ministerio de Salud de la Nación, representado en dicho acto por el Sr. Ministro de Salud Dr. Juan Luis Manzur y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representado por el Jefe de Gobierno, Ing. Mauricio Macri, suscripta con fecha 30 de agosto de 2010 y registrada como Convenio Nº 22/10, cuya copia certificada se adjunta como anexo y como tal forma parte integrante de la presente Ley.

Artículo 2°.- Comuníquese, etc.

OSCAR MOSCARIELLO

CARLOS PÉREZ

LEY N° 3.786

Sanción: 12/05/2011

Promulgación: De Hecho del 08/06/2011

Publicación: BOCBA N° 3701 del 08/07/2011






 

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