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Inicio - Derechos - DLDC - Articulo41
 
DLDC
Articulo41

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 13 de septiembre de 2018

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

 

Artículo 1°.- Instituyese la "Semana del Envejecimiento Saludable" en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a la tercera semana de Septiembre de cada año.

Artículo 2°.- El Poder Ejecutivo llevará adelante las acciones que estime necesarias a los fines de fomentar un Envejecimiento Saludable.

Artículo 3°.- Comuníquese, etc.

FRANCISCO QUINTANA

CARLOS PÉREZ

LEY N° 6008

Sanción: 13/09/2018

Promulgación: Decreto Nº 324 del 03/10/2018

Publicación: BOCBA N° 5473 del 08/10/2018

 




 

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