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Inicio - Derechos - DLDC - Articulo46
 
DLDC
Articulo46

 

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 05 de julio de 2018

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1º.- Adhiérese a la Ley 26205, por la que se declara al 15 de marzo como Día Nacional de los Derechos de Consumidores y Usuarios, en correspondencia con el día Mundial de los Derechos del Consumidor.

Artículo 2°.- Comuníquese, etc.

DIEGO SANTILLI

CARLOS PÉREZ

LEY N° 5986

Sanción: 05/07/2018

Promulgación: Decreto Nº 241 19/07/2018

Publicación: BOCBA N° 5419 del 23/07/2018




 

www.ciudadyderechos.org.ar