Buenos Aires, 23 de agosto de 2007
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley:
Artículo 1° - Derógase la Ordenanza N° 26.607/72 y sus modificatorias.
Artículo 2° - A partir de la fecha de la promulgación de la presente ley, los barrios y sus delimitaciones serán las establecidas por la Ley N° 1.777 y sus modificatorias.
Artículo 3° - Comuníquese, etc. de Estrada - Bello
LEY N° 2.412
Publicada en BOCBA 2776 del 26/09/2007
Se deroga la Ordenanza N° 26.607/72 y sus modificatorias