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Inicio - Derechos - DLDC - Articulo81
 
DLDC
Articulo81

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 04 de mayo de 2017

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

 

Artículo 1º.- Declarase Bien Integrante del Patrimonio Cultural en los términos del Art. 4 inc. h) de la Ley 1227 al conjunto escultórico "Canto a la Argentina" del escultor José Fioravanti emplazado en la Plaza Rubén Darío.

Artículo 2°.- Comuníquese, etc.

CARMEN POLLEDO

CARLOS PÉREZ

LEY N° 5806

Sanción: 04/05/2017

Promulgación: Decreto Nº 174 18/05/2017

Publicación: BOCBA N° 5133  23/05/2017




 

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