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Inicio - Derechos - DLDC - Articulo81
 
DLDC
Articulo81

 

Buenos Aires, 14 de marzo de 2013

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1º.- Modificase el Artículo 1° de la Ley 3011, el cual quedará redactado de la siguiente forma:

"Artículo 1°.- Declárese de utilidad pública y sujeto a expropiación en los términos de la Ley 238 el predio ubicado en la calle Fragata Presidente Sarmiento Nº 2152/54 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires".

Artículo 2º.- Modificase el Artículo, 3° de la Ley 3011, el cual quedará redactado de la siguiente forma:

"Artículo 3°.- El inmueble declarado de utilidad pública y sujeto a expropiación referido en el artículo 1° de la presente Ley será destinado al Subsistema Público de Salud, dependiente del Ministerio de Salud de la CABA, para la instalación de un CESAC".

Artículo 3º.- Modificase el Artículo 4° de la Ley 3011, el cual quedará redactado de la siguiente forma:

"Artículo 4°.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley están imputados en las partidas presupuestarias correspondientes al Ejercicio 2013".

Artículo 4°.- Comuníquese, etc.

CRISTIAN RITONDO

CARLOS PÉREZ

LEY N° 4.501

Sanción: 14/03/2013

Promulgación: De Hecho del 17/04/2013

Publicación: BOCBA N° 4149 del 10/05/2013




 

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