Buenos Aires, 14 de marzo de 2013
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1º.- Modificase el Artículo 1° de la Ley 3011, el cual quedará redactado de la siguiente forma:
"Artículo 1°.- Declárese de utilidad pública y sujeto a expropiación en los términos de la Ley 238 el predio ubicado en la calle Fragata Presidente Sarmiento Nº 2152/54 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires".
Artículo 2º.- Modificase el Artículo, 3° de la Ley 3011, el cual quedará redactado de la siguiente forma:
"Artículo 3°.- El inmueble declarado de utilidad pública y sujeto a expropiación referido en el artículo 1° de la presente Ley será destinado al Subsistema Público de Salud, dependiente del Ministerio de Salud de la CABA, para la instalación de un CESAC".
Artículo 3º.- Modificase el Artículo 4° de la Ley 3011, el cual quedará redactado de la siguiente forma:
"Artículo 4°.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley están imputados en las partidas presupuestarias correspondientes al Ejercicio 2013".
Artículo 4°.- Comuníquese, etc.
CRISTIAN RITONDO
CARLOS PÉREZ
LEY N° 4.501
Sanción: 14/03/2013
Promulgación: De Hecho del 17/04/2013
Publicación: BOCBA N° 4149 del 10/05/2013