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Inicio - Derechos - DLDC - Articulo105
 
DLDC
Articulo105

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 06 de diciembre de 2018

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

 

Artículo 1°.- Homológanse la condonación de deudas por Gravámenes Inmobiliarios otorgada por el Poder Ejecutivo en virtud de lo dispuesto en el artículo 141 del Código Fiscal (T.O. 2018), mediante la Resolución que se consignan en el Anexo que forma parte integrante de la presente.

Artículo 2°.- Comuníquese, etc.

DIEGO SANTILLI

CARLOS PÉREZ

LEY N° 6071

Sanción: 06/12/2018

Promulgación: Decreto Nº 469 del 26/12/2018

Publicación: BOCBA N° 5528 del 02/01/2019

 

 

ANEXO de la LEY Nº 6.071

 

ANEXO I

ACTUACIÓN

TITULAR

TRIBUTO

NÚMERO

RESOLUCIÓN Nº

IMPORTE

EE 28.064.629-MGEYADGR/ 16

Félix Oscar
Salas
DNI 7.004.795

Ingresos
Brutos

20-07004795-1

1142/MEFGC/2018

$ 2.956,80

EE 12.888.720-MGEYADGR/ 18

María
Alejandra
Lerch
DNI 13.212.368

Gravámenes
Inmobiliarios

00003105684-06

1532/MEFGC/2018

$ 14.432,19

EE 15.773.254-MGEYADGR/ 18

Manuel
Fuentes
Cabrera
DNI 8.326.174

Patentes
sobre
Vehículos
en General

SUT301

1533/MEFGC/2018

$ 15.109,72

 




 

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