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Inicio - Derechos - DLDC - Articulo131
 
DLDC
Articulo131

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 04 de mayo de 2017

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

 

Artículo 1º.- Denominase "Paseo de los vecinos destacados de Villa Lugano -Comuna 8" al conjunto de los canteros ubicados en la avenida Riestra, entre las calles Larraya y Cañada de Gómez.

Artículo 2°.- Denominase con los siguientes nombres a los canteros sitos en la Avenida Riestra con la ubicación que a continuación se detalla:

  1. David Goldenberg entre las calles Timoteo Gordillo y Cañada de Gómez.
  2. Sabina Olmos entre las calles Timoteo Gordillo y Lisandro de la Torre
  3. José "Pepe" Libertella" entre las calles José Ignacio Rucci y Hudson;
  4. Amalia Celia Figueredo entre Cafayate y Martiniano Leguizamón
  5. Padre Mario Fabián Alsina entre Martiniano Leguizamón y Murguiondo
  6. Gilda entre Murguiondo y Oliden
  7. Dr. José A. Almada entre las calles Larrazábal y Oliden;
  8. Bautista Mazzini entre Larrazabal y Larraya.

Artículo 3°.- Comuníquese, etc.

CARMEN POLLEDO

CARLOS PÉREZ

LEY N° 5810

Sanción: 04/05/2017

Promulgación: Decreto Nº 186   22/05/2017

Publicación: BOCBA N° 5136   29/05/2017




 

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