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Inicio - Derechos - Digesto Adicciones (DA) - Salud (DA)
 
Digesto Adicciones (DA)
Salud (DA)

Buenos Aires, 21 de abril de 2008

Visto las Leyes N° 153 y N° 448, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesaria la reforma del modelo de atención de Salud Mental;

Que asimismo, deviene oportuna la implementación de nuevos dispositivos terapéuticos de comprobada eficacia a efectos de dar cumplimiento a la Ley Básica de Salud y la Ley de Salud Mental, recuperando la dignidad humana, reservando la internación sólo cuando no sean posibles los abordajes ambulatorios;

Que para que sea viable dicho propósito se requiere del consenso y abordaje intersectorial;

Que este Ministerio ha elaborado una propuesta superadora del actual sistema;

Que en tal sentido, y a fines de dar cumplimento a lo expuesto, resulta necesaria la creación de una Comisión para la Implementación y Desarrollo del Plan de Salud Mental de este Gobierno;

Por ello,


EL MINISTRO DE SALUD

RESUELVE:

Artículo 1° - Créase en el ámbito de la Subsecretaría de Atención Integrada de Salud la Comisión para la Implementación y Desarrollo del Plan de Salud Mental del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 2° - Establécese que la Comisión creada por el artículo 1° estará integrada por: dos (2) representantes de la Federación Médica Gremial de Capital Federal, dos (2) representantes de la Asociación de Médicos Municipales, dos (2) representantes de la Federación de Profesionales y dos (2) del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 3° - Regístrese, publíquese, comuníquese a la Subsecretaría de Atención Integrada de Salud, la que notificará los términos de la presente a la Federación Médica Gremial de Capital Federal y a la Asociación de Médicos Municipales. Cumplido, archívese.

            




 

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