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Inicio - Derechos - Digesto Adicciones (DA) - Hospitales (DA)
 
Digesto Adicciones (DA)
Hospitales (DA)


Buenos Aires, 25 de noviembre de 2008


VISTO: el Expediente N° 42.369/08, y;

CONSIDERANDO:

Que por las presentes actuaciones, el Hospital General de Agudos Teodoro Álvarez dependiente de este Ministerio, elevó a la Superioridad la propuesta de creación del Grupo de Trabajo Adicciones para la atención de pacientes adictos, con dependencia orgánica del Departamento Medicina del referido establecimiento asistencial;

Que los requisitos para la creación de un Grupo de Trabajo se encuentran previstos por la Resolución N° 73-SSPMA/86 N.P.;

Que en virtud de lo dispuesto por el articulo 1° del citado acto resolutivo en el Considerando precedente, se encuentra glosada a fs.2/7, copia certificada del Acta librada con fecha veintinueve de mayo de 2008, a través de la cual el Consejo Asesor Técnico Administrativo (CATA) del referido efector de salud, aprobó la creación del grupo de trabajo que nos ocupa;

Que en concordancia con lo establecido por el articulo 4° de la mencionada Resolución, la Dirección del Hospital General de Agudos Teodoro Álvarez adjuntó la nota formalizada por el Grupo de Trabajo Adicciones, en la cual se describe la estadísticas de las actividades desarrolladas por el mencionado Grupo, las cuales fundamentan acabadamente la creación del mismo;

Que a fs. 35 la Dirección General Adjunta Región Sanitaria II consideró aceptable la creación del citado Grupo;

Que tal como lo exige el articulo 5° de la Resolución N° 73-SSPMA/86 (N.P.), corresponde autorizar la creación del Grupo de Trabajo y nominar a los integrantes del mismo, lo cuales se encuentran consignados a fs. 01.

Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias,


El MINISTRO DE SALUD


RESUELVE:

Artículo 1°.- Autorizase la creación del Grupo de Trabajo Adicciones para la atención de pacientes adictos, con dependencia orgánica del Departamento Medicina del Hospital General de Agudos “Teodoro Álvarez dependiente de este Ministerio

Artículo 2°.- El Grupo de Trabajo a que se alude en el articulo 1° de la presente, se encuentra integrado por los siguientes profesionales: Dra. Susana Calero F.C. N° 206.035 Lic. Alberto Trimboli F.C. N° 280.597 . Lic. Silvia Raggi F.C. N° 282.896

Articulo 3°.- La Coordinación del Grupo de Trabajo Adicciones será ejercida por la Dra. Susana Calero F.C. N° 206.035

Artículo 4°.- Establécese que la creación del Grupo de Trabajo Adicciones no importara tanto respecto de la Coordinación mayor erogación para el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;

Artículo 5°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y notificaciones respectivas de los agentes consignados en los artículos 2° y 3° de la presente, pase al Hospital General de Agudos Teodoro Álvarez dependiente de este Ministerio. Cumplido gírese a la Dirección General Adjunta Región Sanitaria II.

         




 

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