Sumario
TEMA
DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES-ACCION DE AMPARO-PROTECCION DEL CONSUMIDOR-INTERESES COLECTIVOS
TEXTO
En los que concierne a los derechos que protegen al consumidor, alcanzados por la tutela constitucional del amparo, la redacción del art. 43 de la C.N. exige hacer una aclaración. Al respecto, se ha precisado, con razón, que la ubicación contextual de la regla en el ámbito de protección de los derechos de incidencia colectiva determina que la tutela se encuentra dispuesta en relación con los derechos públicos de la sociedad y no con el de los particulares damnificados -que encuentran protección en el primer párrafo del artículo-, pues la utilización de la expresión "en general" pone de manifiesto que los supuestos mencionados anteriormente -como el de los consumidores-, son especies de derechos de incidencia colectiva (cfr. Humberto Quiroga Lavie, "El amparo, el habeas data y el habeas corpus en la reforma de la Constitución Nacional", en el libro "La Reforma de la Constitución explicada por miembros de la Comisión de Redacción", Ed. Rubinzal-Culzoni, pag. 143).
REFERENCIAS
Referencias Normativas: Constitución Nacional Art.43
FALLOS
CAMARA NAC. DE APELACIONES EN LO CIVIL COMERCIAL FEDERAL , CAPITAL FEDERAL
(Dra. María Susana Najurieta - Dr. Marín Diego Farrell - Dr. Francisco de las Carreras.)
UNIÓN DE USUARIOS Y CONSUMIDORES c/ EDESUR SA. s/ DAÑOS YPERJUICIOS.
SENTENCIA, 4762/03 del 17 DE JUNIO DE 2004