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Derechos Humanos


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TEMA

DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES-HABEAS DATA:OBJETO

 

TEXTO

La  ley de protección de datos personales o hábeas data tiene por objeto,  entre  otros,  garantizar el acceso a la información que se   registre   sobre   las   personas,  de  conformidad  con  lo establecido  en el art. 43, tercer párrafo, Constitución Nacional (conf.art.  1  de  la  ley  25.326),  y  en  caso  de  falsedad o discriminación,     exigir     la    supresión,    rectificación, confidencialidad  o  actualización  de aquéllos (conf. esta Sala, causa  6053/97  del  21.5.98).   Es  dable afirmar entonces que el contenido  del  derecho  aludido  esté  dado  por el acceso a los "datos"  cuyo  conocimiento  hace  el  objeto  de la garantía del hábeas  data (conf.  CSJN, doctr. de Fallo: 321:2767; esta Cámara, Sala  I,  causa  571/01  del 20.11.01; Sala  II, causa 479/98 del 22.12.98;   Bianchi,   Alberto,   "Hábeas   data  como  medio  de protección  del  derecho  a la información objetiva en un valioso fallo  de  la  Corte Suprema", en suplemento de Jurisprudencia de Derecho  Administrativo  de  La  Ley,  del  27.11.98,  p.  1). En consecuencia  el  núcleo  de  la garantía consiste en asegurar la tranquilidad   de   las   personas  y  evitar  que  se  perpetúen situaciones  ambiguas  o  dotadas de incertidumbre que afecten el derecho a no ser molestado injustamente.

 

REFERENCIAS

Referencias Normativas: Constitución Nacional Art.43, LEY 25326 Art.1

 

FALLOS

 

CAMARA NAC. DE APELACIONES EN LO CIVIL COMERCIAL FEDERAL , CAPITAL FEDERAL

(Dr.  Guillermo  Alberto  Antelo  - Dr. Eduardo Vocos Conesa - Dr.  Ricardo Gustavo Recondo.)

OZAN  MARIA  BRIGIDA c/ BANCO  DE  LA CIUDAD DE BUENOS AIRES s/ H-BEAS DATA (ART. 43 C.N.).

SENTENCIA, 12407/02 del 11 DE NOVIEMBRE DE 2003

 



 

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