Sumario
                  
Debe considerarse que existe verosimilitud en el derecho y que se configuran los presupuestos establecidos en el art. 232 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en la acción de amparo impulsada por una persona discapacitada y carente de cobertura médica,  contra  el  Estado  Nacional y la Provincia de Buenos Aires, por la cual reclama el suministro de un tratamiento de rehabilitación intensivo y los elementos y medicación acordes a su patología.  (Sumario confeccionado por el SAIJ).
Referencias Normativas: Ley 17.454 Art.232.