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Inicio - Planeamiento Urbano y Edificación - Código de Planeamiento Urbano - d) Afectaciones y Desafectaciones
 
Código de Planeamiento Urbano
d) Afectaciones y Desafectaciones



Buenos Aires, 07 de abril de 2016

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

 

Artículo 1º.- Desaféctase de su actual Distrito de Zonificación R2bl, las parcelas ubicadas en Baigorri N° 15, Baigorri N° 21/43, Av. Caseros 1830, Av. Caseros 1828 y Av. Caseros 1816.

Artículo 2°.- Aféctanse la Parcelas 1b, 2b, 3b, 4b y 32 a, Manzana 26, Sección 16, Circunscripción 3 al Distrito E 4, Equipamiento Especial del Código de Planeamiento Urbano, con destino al Hospital Británico, según lo graficado en el Plano que como Anexo I, a todos los efectos forma parte de la presente.

Artículo 3°.- Apruébanse las Normas Urbanísticas que como Anexo II

Artículo 4°.- Modifícase el Parágrafo 5.4.3.4 Distrito E 4 – Equipamiento Especial del Código de Planeamiento Urbano en su punto 5) Enumeración, incorporando este Distrito E4 - 29 “Hospital Británico“ las Parcelas 1b, 2b, 3b, 4b, 32a, Manzana 26, Sección 16, Circunscripción 3, al Distrito E4 según lo especificado en los Artículos 1°, 2° y 3° de la presente Ley.

Artículo 5°.- Modifícanse las Panchetas N° 18 y 24 de los Planos de Zonificación del Atlas del Código de Planeamiento Urbano de acuerdo a lo establecido en la presente Ley.

Cláusula Transitoria: El Hospital Británico se obliga a celebrar con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el plazo de 90 (noventa) días desde la promulgación de la presente ley, un Convenio en el cual se establezcan los servicios de diagnóstico y/o tratamiento; de capacitación y formación que serán brindados en forma gratuita por la Institución.

Artículo 6°.- Comuníquese, etc.

DIEGO SANTILLI

CARLOS PÉREZ

LEY N° 5.512

Sanción: 07/04/2016

Promulgación: Decreto Nº 283/016 del 27/04/2016

Publicación: BOCBA N° 4882 del 13/05/2016

El Anexo I de la presente Ley fue publicado en la Separata del BOCBA N° 4882 del 13/05/2016.

ANEXO II

5.4.3.4 Distrito E4 - Equipamiento Especial 6) Normas Especiales Distrito E4 29 - "Hospital Británico"

1. Carácter: Predio destinado a la localización del Hospital Británico.
2. Delimitación: Según Plano de Zonificación.
3. Estructura Parcelaria: No se admite la subdivisión.
4. Factor de Ocupación del Suelo: 60%. En el espacio libre de edificaciones, graficados en el Plano 5.4.3.4 E4 -29, deberá resguardarse un 30% como suelo absorbente, el que podrá materializarse a nivel +/-0.00. y/o en terrazas verdes, Artículo 5.10.4 del Código de Edificación. Los espacios libres se mantendrán parquizados.
5. Tipología Edilicia: Edificios de Perímetro Libre de altura limitada.
6. Plano Límite: las edificaciones no podrán superar un plano límite de 35m a contar desde la cota +/- 0.00. Por sobre el Plano Límite solo podrán sobresalir antenas para uso exclusivo del hospital, pararrayos y conductos, balizamientos cuando sean por autoridad técnica competente, chimeneas y parapetos de azoteas.
7. Accesos
Peatonales: Av. Caseros y Perdriel
Emergencias: Baigorri
Carga y Descarga: Finochietto
Estacionamiento Vehicular: Av. Caseros, Perdriel y Baigorri.
8. Usos
Uso principal

  • Hospital. Resolución SEC N° 2395/80. Resolución M. N° 423/87 MsyAS.
    Usos Complementarios y de servicios de apoyo al uso principal.
  • Oficinas complementarias del uso principal.
  • Restaurante, confitería, café, bar, servicios de alimentación. Elaboración de comidas preparadas para congelar.
  • Alquiler de artículos, elementos y prótesis para la prestación de servicios de traumatología y ortopedia.
  • Institutos educativos universitarios relacionados con el uso principal, con laboratorio de investigación.
  • Hospedaje para residentes.
  • Auditorio y Salón de Conferencias.
  • Servicios Personales.
  • Farmacia.
  • Instalaciones para el tratamiento y resguardo de los residuos patogénicos y toda otra que resulte necesaria para el desarrollo del uso principal.

9. Requerimientos de Estacionamiento Vehicular.
Uso principal: Hospital, se destinarán un total de 193 módulos para estacionamiento vehicular.
Usos Complementarios: Deberán cumplimentar con los requerimientos de estacionamiento previstos en el Cuadro de Usos 5.2.1, los que podrán ser localizados en parcelas del entorno hasta 150m.
10. Requerimientos de Carga y Descarga.
Uso principal: Se destinarán a carga y descarga un total de 4 módulos de 30m2 cada uno y el espacio necesario para maniobras.
Usos Complementarios: Cumplirá el 50% de los requerimientos de estacionamiento y carga y descarga previstos para cada actividad en el Cuadro de Usos N° 5.2.1, los que podrán ser localizados en parcelas del entorno hasta 150m.



 


 

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